Qué queremos

Somos la asociación de familias de acogida de Aragón.

Somos una asociación sin ánimo de lucro formada por familias de acogida que trabaja para que ningún niño o niña se quede sin el derecho a vivir en familia sabiendo que esta le proporciona la protección, el afecto y la seguridad necesarias para desarrollarse como persona.

  • Desarrollar, promocionar, divulgar y fomentar el acogimiento familiar como la mejor opción para los niños y niñas que se encuentran en una situación de desprotección y que necesitan, durante un tiempo, vivir fuera de su entorno habitual.
  • Acompañar, apoyar y asesorar a las familias de acogida antes, durante y después del acogimiento.
  • Intervenir social y sanitariamente tanto con las familias de acogida como con los niños acogidos a través de nuestro equipo de educadores, trabajadores sociales y psicólogos sanitarios.
  • Intermediar entre las familias de acogida y las distintas organizaciones y entidades relacionadas con el acogimiento, en especial con el IASS. 
  • Intervenir, promocionar, colaborar y participar, en general, en programas de cooperación en relación con el acogimiento. 
  • Suscribir convenios, acuerdos o cualquier tipo de colaboración y cooperación con administraciones, organismos e instituciones públicas y privadas en ayuda de la infancia desprotegida y de las familias acogedoras, así como solicitar, tramitar y gestionar ayudas y subvenciones para el cumplimiento de estos fines.

Preguntas frecuentes

Una vez formalizada la solicitud en el registro del IASS es difícil determinar el tiempo, pero si el mínimo, que serían 4-5 meses.

Como hemos dicho, todos los perfiles de familias son válidos, pero en las entrevistas realizadas por el equipo de profesionales del IASS determinaran si vuestra familia es adecuada para el acogimiento.
Existen una serie de compensaciones cuya cuantía se fija en cada caso según el número de menores acogidos, sus necesidades específicas o los gastos derivados de su especial atención sanitaria o educativa, de acuerdo con la normativa vigente ORDEN CDS/751/2017 de 29 de mayo por el que se regulan las compensaciones económicas para acogimientos familiares de menores en Aragón.

No se puede solicitar ser familia numerosa, pues el acogimiento de urgencia y el temporal son una medida provisional y tienen una fecha fin, pero en los casos de acogimientos temporales de más de un año de duración, se puede solicitar la prestación de baja por maternidad.

Si claro!!, igual el compromiso de ser familia de acogida no es viable en tu situación, pero puedes colaborar de muchas maneras como hemos explicado anteriormente.

¿Tienes dudas?