El Gobierno de Aragón establece nuevas ayudas para familias con partos y adopciones múltiples

El Gobierno de Aragón ha aprobado las nuevas bases reguladoras de las ayudas destinadas a familias con partos o adopciones múltiples (ORDEN DBF/1096/2026, de 10 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de partos o adopciones múltiples).

Estas bases incorporan una novedad relevante para las familias acogedoras: el acogimiento familiar permanente pasa a equipararse expresamente a la adopción a efectos de estas ayudas.

Cuando se publique la convocatoria anual, las familias que tengan constituido un acogimiento familiar permanente de dos o más menores, en los supuestos previstos en la norma, podrán solicitar estas ayudas si cumplen el resto de los requisitos establecidos.

Dos líneas de ayudas para las familias

1.- Ayuda anual

Podrán acceder, entre otras, las familias con:

  • Acogimiento familiar permanente de tres o más menores.
  • Acogimiento familiar permanente de dos menores, cuando al menos uno tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %.

Esta ayuda se concede por cada menor y puede mantenerse hasta que el menor más pequeño cumpla 13 años, siempre que se cumplan los requisitos de renta que establezca cada convocatoria.

2.- Ayuda de pago único

También se prevé una ayuda de pago único para familias con acogimiento familiar permanente de dos menores constituido en un mismo procedimiento administrativo. La cuantía se fijará en cada convocatoria anual.

El acogimiento familiar permanente también está contemplado

Una de las cuestiones que destacamos desde ADAFA es que la normativa equipara, a estos efectos, determinadas situaciones de acogimiento familiar permanente y de guarda con fines de adopción a las adopciones múltiples. En concreto, la norma contempla el acogimiento familiar permanente de tres o más menores dentro de la primera línea de ayudas y el acogimiento permanente de dos menores dentro de la segunda.

Requisitos para acceder a las ayudas

Además de encontrarse en alguno de los supuestos anteriores, será necesario:

  • Residir legalmente en Aragón.
  • Estar empadronado y haber residido en Aragón durante al menos cinco años antes de presentar la solicitud.
  • Que todos los menores estén empadronados en Aragón.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • En el caso de la primera línea, también deberán cumplirse los criterios de renta que se establezcan en la correspondiente convocatoria.

¿Cómo y dónde se solicitarán?

Estas bases reguladoras no abren todavía el plazo de solicitud.

La solicitud podrá presentarse de forma telemática o presencial, pero será la convocatoria anual la que establecerá:

  • El plazo de presentación.
  • La documentación necesaria.
  • Las cuantías de las ayudas.
  • El lugar y procedimiento concreto para solicitarlas.

¿Será necesario justificar los gastos?

No, estas ayudas no requieren presentar facturas ni justificar gastos específicos. Será suficiente con acreditar que se cumplen los requisitos exigidos, sin perjuicio de las comprobaciones que pueda realizar la Administración.

Una nueva regulación específica para estas ayudas

Desde ADAFA consideramos muy positiva la incorporación del acogimiento familiar permanente como situación equiparada a la adopción en estas ayudas, ya que supone un reconocimiento expreso de esta modalidad de protección y facilita que estas familias puedan acceder a las mismas condiciones de apoyo económico previstas para otros modelos familiares.

Una vez el Gobierno de Aragón publique la convocatoria anual, desde ADAFA informaremos a las familias sobre los plazos, las cuantías y el procedimiento de solicitud, además de ofrecer apoyo para resolver cualquier duda durante la tramitación.